Num 417. No me abandones

Escrito el 21/12/2012 a las 10:51 § 0 comentarios

Nadie puede considerarse abandonado si la persona que nos deja no lo hace con la expresa voluntad de prescindir de nosotros definitivamente.

Si te vas a cenar, no abandonas a tus hijos. Y por si tienes dudas, a cuidar de ti (relaciones sociales incluidas) tienes tanta obligación como de ir a trabajar. » Continuar leyendo «